La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia levantó todas las medidas cautelares que pesaban sobre la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela, S.C.A, (Directv Venezuela), según se lee en la sentencia N° 0241 redactada por el magistrado Juan Mendoza.
Por: Últimas Noticias
Directv cerró operaciones en Venezuela el 19 de mayo de 2020. La cablera, perteneciente a la empresa estadounidense AT&T, explicó que Estados Unidos impuso sanciones a Venezuela las cuales incluían retirar de la parrilla de Directv a los canales Globovisión y Pdvsa, decisión que el gobierno del presidente Nicolás Maduro no aceptó por considerarlo una injerencia en el marco legal venezolano.
Entre las medidas levantadas por los magistrados figura la orden dada a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) para que tomara posesión de todos los bienes muebles e inmuebles, oficinas comerciales, sedes administrativas, centro de operaciones y transmisiones, antenas y cualquier otro equipo o instalación destinada a la prestación del servicio de televisión por suscripción gestionado por Directv Venezuela.
Con la decisión tomada por la Sala Constitucional también queda suspendida la Junta Administradora ad hoc que le ordenaron en su momento designar a Conatel. Esa junta estaba integrada por el director de Conatel, Jorge Márquez Monsalve, quien la presidía; José Adelino Ornelas Ferreira, como vicepresidente y Miguel Ángel Ramones Galviz, Mardy Nilse Medina Galaviz y Alexander José Ramírez Rojas. La junta tenía el propósito de garantizar el inmediato restablecimiento de los servicios de televisión por suscripción y garantizar los derechos laborales de todos los trabajadores de dicha empresa.
También quedó suspendida la prohibición de salida del país que pesaba sobre los integrantes de la junta directiva de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela (Directv Venezuela) identificados como John Connelly, Jeff McElfresh, Michael Hartman, Michael Webster Bowling, Héctor Rivero Olivares, Carlos Villamizar Barrios y Rodolfo Carrano Pugliese. Los mencionados directivos igualmente tenían prohibido enajenar y gravar sus bienes; así como la inmovilización de cualquier tipo de cuenta bancaria o instrumento financiero de los cuales sean titulares.
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Source: La Patilla